Limpiezas 132

38 Limpieza y su ámbito Limpie Z as / Diciembre 2017 CONTRATACIÓN PÚBLICA ¿Existen alternativas a la valoración y puntuación de los criterios técnicos? C on carácter general, los pliegos que regulan un procedimiento de licita- ción de un contrato con las Administraciones públicas com- prenden un conjunto de criterios de valoración para su adjudicación que podríamos agrupar en dos categorías: económicas y técnicas. Si el criterio es único, atiende exclusivamente al precio y si contempla diversos criterios (tales como calidad del servicio, for- mación del personal, responsabilidad social empresarial, etc.) el objetivo es adjudicar a la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta la valoración de los criterios económicos y técnicos. En el ámbito de las empresas que optan a estos contratos existe una per- cepción, bastante generalizada, sobre la posibilidad de una escasa valoración de aspectos distintivos y propios de las compañías en las ofertas técnicas que éstas presentan, en comparación con una sensación de una mayor impor- tancia asignada al criterio precio en las licitaciones de contratos. Aún en aquellos casos en que el criterio económico y el criterio técni- co tengan el mismo peso relativo en una licitación contractual, sigue exis- tiendo la sensación de que al final, el factor que acaba determinando la adjudicación del contrato en mayor medida es el precio. ¿Tiene esta percepción algún funda- mento lógico, o por el contrario se trata de una opinión generalizada que con el paso del tiempo ha adquirido funda- mento sin un soporte real? Este artículo aborda e intenta analizar la posible rea- lidad de esta percepción. Para ello será necesario analizar y comparar el razonamiento lógico que se utiliza actualmente, de forma mayo- ritaria, para la valoración y puntuación de las ofertas económicas y técnicas. Criterio económico: para valorarlo, se puntúan las ofertas económicas presentadas por los licitadores, en re- ferencia a un presupuesto de licitación definido por el órgano de contratación y la posible, pero no obligatoria, rebaja respecto del presupuesto de licitación, considerando la mejor oferta la que presente un menor importe para ejecu- tar el contrato. Una vez el órgano de contratación accede a las ofertas económicas pre- sentadas, las visualiza, sin saber cuál es la puntuación de cada una de ellas, ni cuál es la que recibirá la máxima puntuación, hasta el momento en que tiene todas las ofertas económicas a la vista. Entonces, se valoran los importes lo que permite ordenarlas y determinar cuál es la oferta menor, la que recibi- rá la máxima puntuación posible. El resto de ofertas reciben la puntuación correspondiente aplicando una fórmula previamente definida en los pliegos de contratación. La puntuación de la mejor oferta económica se puede asignar di- rectamente o aplicando la fórmula pro- puesta (esto respondería al siguiente esquema: gráfico 1). Veamos a continuación cuál es el sis- tema de valoración y puntuación de las propuestas técnicas más utilizado. A lbert O lives E struch R esponsable de análisis económico D irección G eneral de C ontratación P ública de la G eneralitat Gráfico 1.

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