Limpiezas 132

Limpie Z as / Diciembre 2017 60 normativa Prevención del comercio internacional de productos químicos potencialmente peligrosos Interior y expertos en los distintos conve- nios y convenciones aplicables en Europa (Rotterdam, Minamata, CITES, SAICM, Es- tocolmo). Durante la jornada se ha puesto en va- lor la necesidad de mantener un sistema de información actualizado y riguroso que garantice el cumplimiento de las distintas normativas aplicables según la tipología de producto. Los asistentes han podido conocer la propuesta de modifi- cación de los requisitos a los que están sujetas las empresas españolas en lo re- lativo al comercio exterior de material de defensa y de productos y tecnologías de doble uso, así como las normas y con- troles que se derivan de la aplicación de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacena- miento y el Empleo de Armas Químicas y su Destrucción. En este contexto, se hace fundamental conocer los potenciales usos que pueden tener los productos químicos para valorar si podrían utilizarse como precursores de explosivos, de drogas o de armas, saber qué hacer en caso de sustracción o pér- dida e, incluso, actuar ante la sospecha de un destino inadecuado del producto, al ponerlo en manos de un cliente que no aporte todas las garantías requeridas. Ante la duda, mejor dar la voz de alar- ma. Toda sospecha de que una venta pueda destinarse a un uso ilícito (armas, drogas o explosivos) debe ser notificada a los Cuerpos de Seguridad encargados de realizar su seguimiento, pues la falta de notificación supondría una multa cuantio- sa para la empresa proveedora, en fun- ción de su gravedad. El comercial de productos químicos es la primera persona que se enfrenta a la cadena del posible delito y cuenta con la experiencia requerida para identificar una conducta sospechosa por parte del cliente. No obstante, existen una serie de detalles a tener en cuenta en la identifi- cación de sospechosos: requerimiento de un método de pago poco habitual, ner- viosismo a la hora de hacer el pedido o si la dirección de envío no corresponde a un lugar habitual de producción. Se puede consultar toda la informa- ción necesaria en cuanto a precursores de explosivos en la Ley 8/2017, de 8 de noviembre, y en el Real Decreto 129/2017, L as diferentes regulaciones a tener en cuenta para expor- tar un producto químico, ya sea con destino a un país de la Unión Europea o a un país no comu- nitario, es un asunto que puede generar muchas incertidumbres a los operadores económicos en función de cuál sea el producto químico en cuestión. Para despejar estas dudas y ofrecer una visión actualizada de las distintas normativas referentes a productos quí- micos, la Federación Empresarial de la Industria Química Española (Feique), con el apoyo de ICEX-España Exportación e Inversiones, ha organizado la “Jornada de Control Técnico al Comercio de Pro- ductos Químicos”, un evento anual que congrega a un gran número de empresas del sector para informar de los controles necesarios para evitar la desviación de productos químicos hacia usos ilícitos e inapropiados. Este evento de carácter informativo, enmarcado en el Plan Sectorial de ICEX, ha contado con la participación de re- presentantes de las principales autorida- des competentes en el ámbito nacional e internacional: la Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas Quími- cas (ANPAQ), la Subdirección General de Comercio Internacional en Material de Defensa y Doble Uso del Ministerio de Economía y Competitividad, la Unidad de Remisión de Expedientes y PIC de la Agencia Europea de Productos Químicos (ECHA), el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO) dependiente del Ministerio del C arlos M olina C oordinador de I nterna - cionalización y T utela de P roducto de FEIQUE EMPRESAS QUÍMICAS ESPAÑOLAS

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