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Limpie Z as / Febrero 2018 62 con Firma Además, se mantiene la obligación de las empresas adjudicatarias de ga- rantizar a las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato basado y durante toda su vigencia la aplicación y mantenimiento estricto de las condiciones laborales que establez- ca el convenio colectivo sectorial de limpieza vigente. Asimismo, se vuelve a incidir en que los órganos de contratación tendrán que plantear sus presupuestos de licita- ción de manera que los precios a ofre- cer por las empresas licitadoras para la prestación ordinaria de los servicios incorporen todos los costes asociados a su prestación. O tros aspectos El acuerdo marco también es sensible a los aspectos ambientales de estos servi- cios y propone incorporar un criterio de adjudicación ambiental con tres subcri- terios: uno primero, sobre productos de limpieza e higiene; un segundo, sobre limitación de presencia de sustancias nocivas en los tejidos básicos de deter- minadas piezas de los uniformes; y uno tercero, sobre vehículos de la flota de bajas emisiones. Además, se incluyen en el pliego de prescripciones técnicas del acuerdo marco otras cláusulas contractuales de carácter ambiental, como prescrip- ciones técnicas o como condiciones de ejecución. Es importante señalar que ninguno de los criterios de adjudicación del acuerdo marco se basa en el precio, que será objeto de valoración en la contratación basada (el cual deberá tener una ponderación mínima del 51% y una máxima del 60% de la puntuación), junto con la puntuación obtenida en la valoración del acuerdo marco en lo referente a los criterios del Plan de calidad adaptado al acuerdo al acuerdo marco, subjetivo (con una puntuación de 49 puntos/100) referido a los aspectos siguientes: : Medidas en materia de seguridad y sa- lud laboral (hasta 10 puntos). : Medidas de promoción de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres (hasta 10 puntos). : Medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral (hasta 5 puntos). : Procedimiento de resolución de inci- dencias (hasta 12 puntos). : Metodología de evaluación de la cali- dad del servicio (hasta 12 puntos). Con respecto a los criterios de adju- dicación de apreciación objetiva (con una puntuación de 51/100), se propo- nen los dos siguientes: : Formación (hasta 36 puntos). : Criterios ambientales (hasta 15 puntos). De esta manera, se mantiene el mar- cado carácter social del Acuerdo marco 2013/2 con la valoración de aspectos vinculados a la seguridad y salud la- boral, la igualdad de oportunidades, la conciliación de la vida personal, fami- liar y laboral y la formación de los tra- bajadores. Este marcado carácter social viene reforzado por la inclusión de cláusu- las contractuales de carácter social, no sólo como criterios de adjudicación sino también como condiciones de eje- cución o como criterio para valorar la existencia de ofertas con valores anor- males o desproporcionados. En este sentido, y como novedad con respecto al Acuerdo marco 2013/2, se propone establecer un umbral de sa- ciedad para valorar el criterio precio en la contratación basada consistente en los costes salariales según conve- nio del sector más los costes de Segu- ridad Social. vado a centros especiales de trabajo y a empresas de inserción, de acuer- do con lo dispuesto en la disposición adicional quinta del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre (en ade- lante, TRLCSP). Las finalidades del acuerdo marco, aparte de ejecutar el objeto anterior- mente descrito, son: : Seleccionar las empresas que podrán realizar los servicios de limpieza. : Fijar las condiciones generales de adjudicación y de ejecución de los posteriores contratos basados en el acuerdo marco que inicien su presta- ción a partir del 1 de enero de 2018. El valor estimado del acuerdo marco se fija para toda su duración, incluyen- do su posible prórroga, en 76 millones de euros aproximado y el presupuesto base de licitación, correspondiente a la duración inicial del acuerdo mar- co, se cifra en 38 millones de euros aproximado. El acuerdo marco tendrá una dura- ción inicial de dos años y se podrá pro- rrogar en periodos sucesivos de un año, como máximo, mientras no se superen los 4 años de duración total, desde su entrada en vigor. Por otra parte, se adjudica mediante procedimiento abierto con varios crite- rios de adjudicación en dos fases se- lectivas, de apreciación subjetiva y de apreciación objetiva. En cuanto a los criterios de adju- dicación de apreciación subjetiva, el acuerdo marco vuelve a insistir en la importancia de garantizar la calidad en la prestación de estos servicios. En este sentido, se propone mantener como criterio de adjudicación la presenta- ción de un plan de calidad adaptado

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