Limpiezas 146

a fondo higiene y desinfección de superficies 25 Marzo-Abril 2020 / Limpie Z as las diferentes comunidades autónomas dependiendo del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social-. En este mismo sentido, podemos clasificar tradicional- mente los productos: para la limpieza y para la desinfec- ción. Éstos últimos cuentan con unos requisitos para su autorización para su comercialización por su legislación propia (Reglamento 528/2012), en concreto estos pro- ductos tienen que estar registrados en el Registro Oficial de Biocidas del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bien- estar Social. Debe tenerse en cuenta que, conforme a la actual legis- lación de biocidas, tanto los productos para el control de plagas no agrícolas (insecticidas, rodenticidas, etc.) como los desinfectantes de manos o superficies son productos biocidas. Dentro del apartado de productos, podríamos citar los productos desinfectantes de superficies, que son los que ahora nos interesan. Éstos productos tenían que estar re- gistrados anteriormente como productos plaguicidas y, en el momento que se apruebe la sustancia activa biocida que le confiere ese poder biocida, deberán registrarse ya como productos biocidas siguiendo la legislación europea. Una vez registrados como productos biocidas, deberán ajustarse a los nuevos requisitos que marca el Reglamen- to 528/2012 y adaptar sus composiciones a las posibles restricciones que establezcan otras legislaciones como el Reglamento 1272/2008 CLP o el Reglamento REACH. En este contexto, la industria química, sobre todo los fabricantes, prosiguieron con la adecuación de los pro- ductos que así lo precisaban a la reglamentación euro- pea, pasando de tener productos plaguicidas a productos biocidas. En la actualidad, el Programa de Revisión de todas las sustancias activas biocidas aún no ha termina- do y durante este tiempo seguiremos conviviendo con la legislación española de productos plaguicidas y la regla- mentación europea de productos biocidas. Por tanto esta pandemia ha pillado justo en pleno proceso de cambio y registro de productos, por lo que el número de productos registrados es limitado. Además, de esa lista de productos registrados, el Minis- terio ha hecho una lista aún menor con los productos que señala como eficaces para eliminar el nuevo coronavirus que produce la enfermedad Covid-19. De esta manera, el número de productos es todavía más limitado. A la vez, hay muchas peticiones de fabricantes para au- torizar sus productos, bien para que los incluyan por prime- ra vez en el registro como desinfectantes, bien para que

RkJQdWJsaXNoZXIy ODM4MTc1