Limpiezas 148

a fondo maquinaria REPORTAJE estado de alarma decretado por el Go- bierno de España”. Actualmente, hay empresas de ser- vicios de limpieza que sí disponen de este registro y están autorizadas para el uso de productos biocidas profe- sionales. Esta misma institución asegura que la diferencia entre unos y otros radica en su eficacia, por la mayor concen- tración de sustancias biocidas con ac- ción viricida en los productos de uso profesional y, por ello, deben aplicar- se por personal cualificado provisto de los equipos de protección individual necesarios y siempre en ausencia de personas. La forma de aplicación que recomiendan es la vía aérea, por ne- bulización o micronebulicación. Respecto al ozono, que es lo que aquí nos ocupa, la SESA insiste en que se encuentra en revisión por la Agen- cia Europea de Productos Químicos. “Se trata de una sustancia oxidante generada in situ que tiene numerosas aplicaciones industriales, pero en el caso que nos ocupa, al no haber sido evaluada aún por la Unión Europea para su uso como desinfectante de uso ambiental, se desconocen las do- sis necesarias para garantizar su efi- cacia como viricida y los efectos para la salud que estas concentraciones pueden desencadenar”. En cuanto al uso de túneles y arcos desinfectantes de ozono “que se están utilizando sobre personas, es muy im- portante aclarar que actualmente no existe en España ningún producto bioci- da que esté autorizado por el Ministerio de Sanidad para su empleo mediante nebulización sobre las personas. Muy al contrario, los profesionales que aplican cualquier producto biocida han de estar protegidos con los equipos de protec- ción personal adecuados a la categoría de peligrosidad del producto”. 㔾 es fundamental para prevenir el con- tagio y mitigar la expansión del virus”, señala la SESA. “El resto de productos biocidas, es decir, los que están autorizados para ser usados por personal profesional y por personal profesional especializa- do, requiere una serie de conocimien- tos y/o capacitación establecida en la normativa sanitaria sobre capacita- ción para la aplicación de biocidas. Estos productos son utilizados por las empresas de servicios biocidas a terceros inscritas en el Registro Oficial de Servicios Biocidas de las Comuni- dades Autónomas (ROESB). Estas em- presas están sujetas a inspecciones sanitarias, disponen de personal téc- nico cualificado para el desempeño de su trabajo, y se autorizan conforme a la legislación nacional y autonó- mica. También pueden utilizar estos productos las Unidades NBQ de las Fuerzas Armadas y la Unidad Militar de Emergencias, que han sido expre- samente autorizados por el Ministerio de Sanidad mientras se mantenga el ra sobre el uso de biocidas, Túneles y arcos desinfectantes de pulverización sobre las personas en la pandemia del Covid-19 que, “los productos viricidas autorizados y registrados en España que han demostrado eficacia frente al virus atendiendo a la norma UNE-EN 14476, que evalúa la capacidad virici- da de los antisépticos y desinfectantes químicos, son los que se encuentran en el Listado de Viricidas para uso am- biental (TP2), uso en la industria ali- mentaria (TP4) y para su uso en la hi- giene humana (TP1)”, publicado por el Ministerio de Sanidad en el siguiente enlace https://www.mscbs.gob.es/en/ profesionales/saludPublica/ccayes/ alertasActual/nCov-China/documen- tos/Listado_virucidas.pdf En este listado hay productos viri- cidas de uso no profesional, uso pú- blico, que junto con los detergentes y limpiadores se pueden adquirir en cualquier supermercado para uso doméstico, “y son los productos que pueden utilizar las empresas de lim- pieza, cuyo trabajo en la actualidad Julio-Agosto 2020 / Limpie Z as 31

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