Las empresas del sector limpieza tienen hasta finales de 2025 para adaptar sus rutinas laborales. El Gobierno ha decidido sacar adelante por Real Decreto el Registro Horario, aunque no reúne el respaldo parlamentario que exige convertirse en ley. La norma, que publicará el BOE en pocas semanas, obligará a controlar minuto a minuto la jornada de cada trabajador por cuenta ajena. Los objetivos principales son dos: acabar con la hora extra no declarada y garantizar descansos efectivos.
Esto impacta especialmente al sector limpiezas por su funcionamiento con servicios descentralizados y por la movilidad del personal, que exigen un sistema de control preciso para cumplir con la normativa sobre horas de trabajo, descansos y horas extras. Además, se aumenta el riesgo de sanciones por incumplimiento.
Qué exige el Real Decreto de Registro Horario
- Identificación de la persona trabajadora.
- Modalidad de jornada: completa o parcial.
- Registro de hora exacta de inicio y fin de la jornada laboral, así como de las pausas no computables.
- Categorización de las horas: ordinarias, extraordinarias o complementarias.
- Diferenciación entre el formato de trabajo: presencial y remoto.
- Recuento diario y mensual de las horas trabajadas.
- Autorización y trazabilidad de todas las alteraciones realizadas.
El sistema debe ser inalterable y accesible para los inspectores en el momento de la visita. Vale usar reloj biométrico, app móvil o fichaje por llamada, pero la empresa debe poder exportar los datos en formato Excel o PDF en menos de 24 horas. El periodo de conservación de los registros es de cuatro años. Si la Inspección detecta una falta de control, la multa será de 626 euros por trabajador y puede llegar a 6.250 euros si se repite.
Impactos clave para el sector limpiezas
- Gestión de personal itinerante. El personal suele estar en diferentes ubicaciones, lo que hace necesario un sistema de registro horario digital que pueda ser utilizado por empleados ubicuos en sus puestos de trabajo.
- Cumplimiento de la jornada laboral. Se exige el registro detallado de la hora de entrada y salida, incluyendo pausas y el control de las horas extra, garantizando que los empleados no trabajen más horas de las estipuladas sin la compensación adecuada.
- Transparencia y conciliación. El sistema debe ser accesible para los empleados, permitiéndoles consultar su registro de jornada, lo que promueve un entorno laboral más transparente y facilita la gestión de horarios flexibles y teletrabajo.
- Acceso de la Inspección de Trabajo. La Inspección de Trabajo debe tener acceso inmediato y remoto a los sistemas de registro para las inspecciones, obligando a las empresas a mantener sus sistemas al día y accesibles.
- Riesgo de sanciones. El incumplimiento de la normativa se considera una infracción grave y puede acarrear sanciones económicas de unos 7.000 euros, lo que requiere una inversión en un sistema de registro adecuado.
El nuevo Real Decreto entra con o sin consenso
En opinión del presidente de ASPEL, Juan Ignacio Beltrán: “la norma no está pensada para la realidad de las empresas ni para sectores como la limpieza, donde trabajan más de 500.000 personas repartidas por miles de centros por todo el país. Asegura detectar “aspectos que contravienen el propio Estatuto de los Trabajadores” y no descarta que acabe en los juzgados. El presidente de la Asociación Profesional de Empresas de Limpieza (ASPEL) sostiene que el texto “añade inseguridad jurídica”, porque obliga a las empresas a aplicar medidas de dudosa legalidad mientras los tribunales resuelven los recursos, lo que “provocará una incertidumbre enorme durante meses o incluso años».
Por otra parte, las empresas del sector limpiezas que lo adopten evitarán sanciones millonarias y ganarán una ventaja competitiva: clientes públicos y privados empiezan a exigir certificados de cumplimiento horario en sus pliegos. Convertir la obligación en virtud es la mejor forma de proteger la cuenta de resultados y la imagen corporativa.
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