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Limpie Z as / Abril 2018 104 entrevista ficaciones. Entre ellas, se encuentra la del Gobierno de Aragón de 2016 o del País Vasco de 2017. En 2014 en Lantegi Batuak hubo una iniciativa pionera, pues fueron las primeras personas con discapacidad intelectual capaces de obtener la acre- ditación de sus competencias profesio- nales en un proceso normalizado. Se embarcó en un proyecto pionero para apoyar a trabajadoras y trabajadores de Lantegi Batuak a acreditar sus compe- tencias vinculándolas a los Certificados de Profesionalidad relacionados con su actividad laboral. El director general de Lanbide-Servi- cio Vasco de Empleo, entregó en 2016 el Certificado de Profesionalidad oficial de Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales a 15 personas con discapacidad intelectual, todas ellas trabajadores de Servicios Medioam- bientales de Lantegi Batuak. Las perso- nas con discapacidad contaron con el apoyo de Lantegi Batuak en la prepara- ción de todo el proceso de acreditación y con el respaldo de los departamentos de Educación y Empleo del Gobierno Vasco. Esta iniciativa se enmarca en el proyecto Aukerability, financiado al edificios, del catá- logo de títulos de las enseñanzas de Formación Profe- sional. Su duración son 2.000 horas y dos cursos acadé- micos. El título combina las cualificaciones profesionales de empleo doméstico, y el de limpieza de superficies y mo- biliario en edificios y locales. Entre los módulos profesio- nales se encuen- tran el de “Mantenimiento de prendas de vestir y ropa de hogar”; “Limpieza de do- micilios particulares, edificios, oficinas y lo- cales”; “Limpieza con máquinas”. También cuenta con módulos de carácter general. Si el sector cuenta, por un lado, con el Certificado de Profesionalidad y, por otro lado, con las Acreditaciones de Competencias. ¿Cuál es el objetivo de cada modelo? Son dos formas complementarias según las características de la persona: la forma- ción para quien necesita competencias, y la acreditación para quien tiene experien- cia laboral o formaciones previas no acre- ditables. La unidad de competencia es la moneda común entre ambas formas. ¿Se debe, de forma obligatoria, realizar las cuatro unidades de competencia que componen el Certificado de Profe- sionalidad? Solamente si quieren obtener el certificado completo, pues se puede certificar cada unidad de competencia por separado. Por otro lado, ¿alguna vez ha habido convocatorias para la Acreditación de Competencias de esta familia y espe- cialidad? El procedimiento de evaluación y acredi- tación de competencias profesionales ad- quiridas a través de la experiencia laboral o por vías no formales de formación permite a los ciudadanos que han adquirido las competencias definidas para una cualifica- ción profesional, a través de su propia ex- periencia laboral y no mediante la tradicio- nal vía de la formación previa, acreditarlas. De este modo, pueden obtener un recono- cimiento formal, que permite la convalida- ción de los módulos correspondientes de un Certificado de Profesionalidad o de un título de Formación Profesional, facilitando por tanto su obtención. Se realizan desde el ámbito público. En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competen- cias profesionales adquiridas por expe- riencia laboral (BOE número 205, de 25 de agosto), diferentes comunidades au- tónomas han realizado convocatorias del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral incluidas en diversas cualifica- ciones del Catálogo Nacional de Cuali-

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